El pasado 8 de abril se publicó en el BOE la Ley 6/2014, de 7 de abril, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el RD 339/1990 de 2 de marzo.
El punto más relevante es la prohibición de los dispositivos de detección de radares en los vehiculos.Pese a que no viene expresamente redactado así en la norma, AEME interpreta que se prohíbe también su instalación, tanto porque no tiene sentido montar algo cuya utilización está fuera de la Ley, como por la referencia expresa a la prohibición de comercializar tales dispositivos.
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