PLAN PIMA AIRE
El plan incentiva la sustitución de vehículos comerciales ligeros antiguos por modelos más eficientes
Se trata de una iniciativa pionera en Europa, dirigida a vehículos de reparto, uno de los principales responsables de la contaminación atmosférica de las ciudades.
Cuenta con una dotación de 38 millones de euros y supondrá una reducción importante de las emisiones de partículas y de CO2.
Toda la información se encuentra en el Real Decreto 89/2013, de 8 de febrero de 2013, por el que se regula la concesión directa de ayudas del Plan de Impulso al Medio Ambiente «PIMA Aire» para la adquisición de vehículos comerciales. Se puede tener una copia descargándolo de la Web de Aeme, www.aeme.es en el apartado Documentación.
Beneficiarios: profesionales autónomos, Pymes, empresas, entidades privadas.
Duración: 6 meses o hasta finalización de fondos
El Plan «PIMA Aire» se dirige a los vehículos comerciales de hasta 3,5 toneladas de peso máximo autorizado (turismos adaptados – M1 AF-, furgonetas y furgones – N1) matriculados en España y dedicados preferentemente al transporte urbano de mercancías.
Para poder acogerse al Plan «PIMA Aire» habrá que dar de baja en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico y entregar para su correcto tratamiento medioambiental y su recuperación un vehículo que esté matriculado en España, con fecha de primera matriculación anterior al 1 de enero de 2006. Lo que supone retirar de la circulación vehículos Euro 3 o anteriores y sustituirlos por vehículos más eficientes y de menor impacto ambiental (Euro 5), donde el adquirente del vehículo susceptible de ayuda deberá ostentar la titularidad del vehículo a achatarrar.
Vehículo a achatarrar:
Vehículos comerciales de hasta 3.500 Kg
Antigüedad + de 7 años
Vehículo a adquirir:
Vehículos comerciales de hasta 3.500 Kg
Nuevo o semi-nuevo < 1 año
Etiqueta eficiencia energética A, B, C y D
Por tanto, este real decreto tiene como objeto establecer las bases reguladoras de la concesión directa de ayudas para la adquisición de vehículos nuevos y usados de hasta un año de antigüedad de la categorías M1 con carrocería AF multiuso y N1, en cualquier caso EURO 5, siempre que la adquisición vaya acompañada de la baja definitiva, con acreditación de achatarramiento y titularidad por parte del beneficiario de las ayudas, de un vehículo que reúna unos determinados requisitos. El beneficiario deberá ser titular del vehículo nuevo y del vehículo a achatarrar.
Cuantía de las ayudas:
a) Vehículo categoría M1 con carrocería AF Multiuso o categoría N1 menor de 2.500 kg: 1.000 euros por vehículo.
b) Vehículo categoría N1 igual o mayor de 2.500 kg: 2.000 euros por vehículo.
Las ayudas que se concedan no podrán superar, por beneficiario, la cuantía total de 200.000 euros. Ambas ayudas están condicionadas a la aplicación en la factura de compraventa correspondiente, por parte del punto de venta adherido al Plan, de un descuento mínimo equivalente al previsto en este Plan realizado por el fabricante o importador o punto de venta del vehículo adquirido.
Quedamos a disposición de los asociados para ampliar esta información.
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