El Salario MÃnimo Interprofesional para 2013 es de 645,30 euros.
El Consejo de Ministros del pasado viernes aprobó el Real Decreto 1717/2012, de 28 de diciembre, por el que se fija el salario mÃnimo interprofesional para 2013 en 21,51 euros diarios o 645,30 euros mensuales.
Se trata de un incremento del SMI del 0,6% equivalente al incremento máximo de los salarios pactados en el II Acuerdo para el empleo y la negociación colectiva 2012-2013-2014, firmado el 25 de enero de 2012. La propuesta ha sido consultada con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas.
ArtÃculo 1. CuantÃa del salario mÃnimo interprofesional.
El salario mÃnimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 21,51 euros/dÃa o 645,30 euros/mes, según que el salario esté fijado por dÃas o por meses.
En el salario mÃnimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantÃa Ãntegra en dinero de aquél.
Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.
Para la aplicación en cómputo anual del salario mÃnimo se tendrán en cuenta las reglas sobre compensación que se establecen en los artÃculos siguientes. (…)
El texto del real Decreto se encuentra en nuestra Web www.aeme.es en el apartado de Documentación.
Para aclaraciones o mayor información, se puede poner en contacto con Nati o MarÃa del Dept. Laboral de Aeme.
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