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AEME INFORMA: Nuevo procedimiento previo para solicitar la jubilación anticipada en actividades de riesgo

El 28 de mayo de 2025, se publicó en el BOE el Real Decreto 402/2025, que regula el nuevo procedimiento para anticipar la edad de jubilación, mediante la aplicación de coeficientes reductores, en aquellos sectores donde se desarrollen actividades especialmente penosas, peligrosas, tóxicas o insalubres y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad.

La norma, que entrará en vigor el 17 de junio, deroga el Real Decreto 1698/2011, de 18 de noviembre, por el que se regulaba el régimen jurídico y el procedimiento general para establecer coeficientes reductores y anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.

Este Real Decreto desarrolla el artículo 206 del texto refundido de la Ley General de Seguridad Social, estableciendo un nuevo procedimiento para la aprobación de coeficientes reductores que permitan anticipar la edad de jubilación en actividades de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre y con elevados índices de morbilidad o mortalidad.

Ámbito de aplicación

Afecta a trabajadores por cuenta ajena y propia de cualquier régimen, salvo aquellos ya incluidos en regímenes con coeficientes reductores o edad mínima por penosidad.

Por tanto, quedan excluidos los trabajadores de actividades que ya cuenten con coeficientes reductores o con una edad mínima de jubilación fijada por su penosidad, sin necesidad de aplicar dichos coeficientes.

Procedimiento

Inicio: Los sujetos legitimados, organizaciones empresariales, sindicales o administraciones

públicas (en caso de empleo público), realizan una solicitud dirigida a la Dirección General de

Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS) a través de la sede electrónica de la Seguridad

Social.

 

Tramitación: La DGOSS solicita datos al colectivo afectado, elabora un informe y lo remite al

INSST, ITSS y, en su caso, al Ministerio de Función Pública.

 

• Evaluación: Una Comisión de Evaluación analiza los informes y emite un dictamen.

 

Resolución: La DGOSS dispone de 6 meses para resolver. En caso de estimar la solicitud,

se inicia el trámite para su aprobación por Real Decreto y se establece una cotización

adicional. Si se desestima, puede volver a solicitarse tras 4 años.

 

 

Requisitos

Los coeficientes reductores aprobados en ningún caso podrán permitir el acceso a la pensión de jubilación con una edad inferior a los 52 años. Para poder beneficiarse de su aplicación, será necesario que la persona trabajadora se encuentre en situación de alta o asimilada al alta en el régimen de la Seguridad Social en la fecha del hecho causante de la pensión, debiendo, además, en función del tipo de actividad desarrollada, estar prestando servicios efectivos o encontrarse en situación de prolongación de efectos económicos de una incapacidad temporal.

Por otro lado, la percepción de la pensión de jubilación obtenida mediante la aplicación de estos coeficientes no será compatible con el ejercicio de la misma actividad que motivó la reducción de la edad de jubilación. Por último, en todos los supuestos se exige acreditar el periodo mínimo de cotización requerido para acceder a la jubilación ordinaria, siendo posible acumular los periodos cotizados en diferentes actividades que cuenten con coeficientes reductores.

 

Incompatibilidad y Revisión de los coeficientes

No se podrá compatibilizar la pensión de jubilación cuando se haya accedido a esta anticipadamente aplicando los coeficientes reductores que la actividad tenga reconocidos por considerarse especialmente penosa, toxica, peligrosa o insalubre con el desempeño de la misma actividad que originó la anticipación de la edad ordinaria de jubilación legalmente establecida, no siendo por tanto de aplicación el artículo 213.1 y 4 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Además, los coeficientes reductores para la anticipación de la edad de jubilación serán objeto de revisión cada 10 años o antes si cambian las condiciones.

En definitiva, se trata de un procedimiento complejo y restrictivo, que exige cumplir numerosos requisitos y acreditar de forma rigurosa la existencia de condiciones laborales especialmente penosas, peligrosas o insalubres, adía como elevados índices de morbilidad o mortalidad.

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