AEME INFORMA
¿Sabías que es obligatorio por ley que TODAS las empresas dispongan de un protocolo para prevenir y actuar frente al acoso sexual y por razón de sexo?
Desde AEME, queremos recordar a nuestras empresas asociadas que este protocolo es de aplicación en cualquier situación en el entorno laboral, incluyendo: En el centro de trabajo.
Lugar de descanso, aseos o vestuarios.
Durante desplazamientos, viajes o eventos organizados por la empresa.
A través de medios digitales (acoso digital, virtual o ciberacoso)
En trayectos entre el domicilio y el lugar de trabajo.
¿Cada cuánto tiempo debe revisarse el protocolo?
En el caso de no contar con un Plan de Igualdad, el protocolo debe tener una vigencia determinada (que no supere los 4 años) y revisarse cuando: Sea necesario actualizar sus objetivos de prevención.
Lo solicite la Inspección de Trabajo.
Se produzcan cambios en la empresa (como fusiones, modificaciones en la plantilla o estructura organizativa).
Exista una resolución judicial por discriminación.
Aparezcan otras circunstancias justificadas que lo requieran.
¿Quiere saber más sobre este tema? Contacte con el Área de PRL de AEME, por teléfono 965 442 670 o correo electrónico aeme@aeme.es
Mantente informado sobre las novedades de AEME
Direcci?: Centro desarrollo empresarial Elche Emprende ? C/ Cauce, n?7 03206 Elche
Tel?ono: 96 544 26 70
Fax: 966 442 555
Email de contacto: aeme(@)aeme.es
© 2025 AEME. Todos los derechos reservados
Diseño: Mediaelx ? Nota legal ? Privacidad