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Presentado el Anteproyecto de Ley de reforma del Comercio Minorista

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El Ministro de Industria, Comercio y Turismo, Miguel Sebastián, ha presentado al Consejo de Ministros un Informe sobre el Anteproyecto de Ley que reformará la Ley de Ordenación del Comercio Minorista.

Esta Ley, que ha sido modificada desde su aprobación en siete ocasiones para adaptarla al constante proceso de globalización de la economía y a la necesidad real de los mercados, necesita, ahora, de una nueva modificación para adecuar su contenido a la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre, relativa a los servicios en el mercado interior, que impone a los Estados la obligación de eliminar todas las trabas jurídicas y barreras administrativas injustificadas a la libertad de establecimiento y de prestación de servicios.

Entre las modificaciones más relevantes que introduce este anteproyecto se encuentran las siguientes:

- Se elimina la obligatoriedad de la licencia comercial y se establece el principio general de libre establecimiento. No obstante, las autoridades competentes podrán establecer un régimen de autorización que deberán justificarlo de acuerdo con el principio de proporcionalidad, e identificando de forma objetiva y previsible las razones que motivan su establecimiento y el impacto estimado.

- Se suprime la definición de gran establecimiento comercial. Con ello se evita un trato discriminatorio desde la legislación estatal a los distintos formatos comerciales.

- Se prohíben los criterios económicos, restrictivos de la competencia, así como la intervención de los competidores en los procesos de autorización.

Por otra parte, y dado que el comercio interior es una materia que ha sido asumida como competencia exclusiva por las autonomías, serán éstas las que regulen el proceso de autorización para la instalación de establecimientos comerciales.

En esta misma línea, el anteproyecto incluye una cláusula para que en los casos en que España sea sancionada en un procedimiento de infracción europeo cuyo origen esté en la legislación autonómica de comercio, las posibles sanciones que se impongan a España se trasladen a la comunidad correspondiente. 

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