Publicado hoy en el BOE el Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos.
La nueva normativa de ITV exigirá que, tras un rechazo, haya que identificar si la reparación se ha hecho en un taller o ha sido “autorreparación”
El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy el Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos. AEME ha ido adelantando información a los talleres, sobre algunos de los contenidos recogidos en el mismo. Lo más importante, y agradable sorpresa, hoy es la inclusión en el anexo II, Apéndice 1, de la referencia a que la estación de ITV tendrá que anotar la razón social/NIF del taller en el que se haya efectuado la reparación necesaria tras un rechazo en anterior inspección. Si no se ha pasado por un taller para ello, habrá de constar que las operaciones necesarias han sido realizadas mediante “autorreparación”.
Es un tema sobre el que AEME a través CONEPA ha trabajado mucho en estos últimos años.
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