S?uenos en

Buscador de empresas Encuentra al profesional que necesitas

NOTICIAS

Obligaciones medioambiente

¿Tiene el taller alguna responsabilidad cuando los
residuos salen de sus instalaciones?
Es importante diferenciar si la empresa a la que entregamos nuestros residuos es
Transportista o Gestor Autorizado
En ocasiones la titularidad del residuo, y por endenuestra responsabilidad sobre el mismo,
no finaliza cuando este sale del taller
En relación a este tema, AEME recuerda en primer lugar que tanto los residuos peligrosos
como los no peligrosos (lunas, paragolpes, chatarra, etc) deben ser entregados a empresas
autorizadas.La empresa puede estar autorizada como transportista (únicamente transporta) ocomo gestor (transporta y trata). Tanto si es peligroso como si no, los talleres deben tenerdocumentación que justifique esta entrega.

En segundo lugar, la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados; establece
en su artículo 17.8 lo siguiente:
“La responsabilidad de los productores u otros poseedores iniciales de residuos
domésticos y comerciales concluye cuando los hayan entregado en los términos previstos en las
ordenanzas locales y en el resto de la normativa aplicable.
La responsabilidad de los demás productores u otros poseedores iniciales de residuos,
cuando no realicen el tratamiento por sí mismos, concluye cuando los entreguen a un
negociante para su tratamiento, o a una empresa o entidad de tratamiento autorizadas
siempre que la entrega se acredite documentalmente y se realice cumpliendo los requisitos
legalmente establecidos”.

La conclusión que extraemos de este texto normativo, es la siguiente:

1. Si los residuos se entregan a un transportista, este no asume la titularidad. El titular
del mismo (en parte) es el taller como poseedor inicial del mismo. Si ocurriera algún
eventual problema con el residuo durante el transporte, por ejemplo, el taller podría
verse obligado a asumir responsabilidades.
2. Si los residuos se entregan a un gestor autorizado, éste sí asume la titularidad desde
el momento en que el residuo sale del taller. Y será el gestor el único que pueda emitir
un documento de aceptación.
Es importante destacar, por tanto, quesu taller puede ser titular del residuo aunque este ya
haya salido del taller y, por tanto, ser responsable de lo que le ocurra fuera de nuestras
instalaciones.
Aconsejamos que contacten con la empresa con la que tengan contratada la recogida de
residuos para que les expliquen su casuística..


Para más información sobre este tema, y cualquier otro relacionado con la legislación mediaoambiental pueden ponerse en contacto con AEME

Publicidad

?timas noticias

Mantente informado sobre las novedades de AEME

¿Tienes alguna pregunta?

Contacta con nosotros

Direcci?: Centro desarrollo empresarial Elche Emprende ? C/ Cauce, n?7 03206 Elche

Tel?ono: 96 544 26 70

Fax: 966 442 555

Email de contacto: aeme(@)aeme.es

© 2024 AEME. Todos los derechos reservados

Uso de cookies: De acuerdo con la legislaci? vigente le informamos que esta web usa cookies para mejorar la experiencia de navegaci? as?como para fines estad?ticos. Al continuar con la navegaci? entendemos que se acepta nuestra POLITICA DE COOKIES