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AYUDAS A LA CONTRATACION

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Objetivo de la ayuda

Ayudas directas a empresas de 1.500 euros por la contratación de jóvenes desempleados.

Ayudas directas de 1.800 euros a emprendedores (autoempleo).

 

Pérfil del/la Joven

Jóvenes de 16 a 29 años, ambos inclusive inscritos en Garantía Juvenil y en el Plan Integral de Cualificación y Empleo a través de la Cámara de Comercio de Alicante.

Características de los contratos

  • Contratos indefinidos a tiempo completo
  • Contratos temporales (mínimo 6 meses a tiempo completo)
  • Contratos para la formación y el aprendizaje a tiempo completo (mínimo los 6 primeros meses)
  • Contratos en prácticas a tiempo completo (mínimo los 6 primeros meses)

Quedan excluidos contratos con personas que hubieran tenido relación laboral con la empresa en los 6 meses anteriores al de formalización del contrato objeto de subvención. (ver apartado Exclusiones en la Convocatoria de Ayudas)

También se excluyen contrataciones al cónyuge, ascendientes y demás parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad para: el empresario si es persona física, administradores o socios con al menos la tercera parte del capital social.

Caso de empresas que hayan extinguido cualquier contrato por despido disciplinario reconocido o declarado improcedente en los 6 meses anteriores a la contratación objeto de la ayuda quedará excluida estrictamente en el número de contrataciones objeto de subvención iguales a las extinguidas.

En la ayuda de 1.800 euros a emprendedores, independientemente de la nueva actividad empresarial-profesional, ésta deberá permanecer en alta en IAE y en el Rég. Especial de Autónomos al menos 12 meses.

Plazo de solicitud

 

Convocatoria abierta desde lunes 15 de febrero a 30 de diciembre de 2016.

 

Entidad gestora

 

Cámara de Comercio de Alicante.

 

Pago y justificación

 

30 días de plazo para justificar tras cumplirse los requisitos mínimos establecidos (6 meses de contrato a tiempo completo o 12 meses de alta en IAE y régimen especial de autónomos).

 

Importante

LA CONCESION DE LA AYUDA ES POR ESTRICTO ORDEN DE PETICIÓN.


NOTICIA VIA CAMARAALICANTE.COM

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