Ha sido aprobado el DECRETO 167/2008, de 24 de octubre, del Consell, por el que se determina el calendario laboral de aplicación en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana para el año 2009.
(...) El artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, regula, de conformidad con el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores, la determinación de las fiestas de ámbito nacional que se incluirán en el calendario laboral de cada año como días inhábiles a efectos laborales, retribuidos y no recuperables, estableciendo la facultad de las Comunidades Autónomas de sustituir las fiestas señaladas en el apartado 1.d) del indicado artículo 45, en la redacción dada por el precitado Real Decreto 1346/1989, por otras que por tradición les sean propias.
En virtud de lo dispuesto en las disposiciones invocadas, se establecen como fiestas propias de la Comunidad Valenciana, por su carácter tradicional, el día 13 de abril, Lunes de Pascua, y el 9 de octubre, día de la Comunidad Valenciana, manteniendo el 19 de marzo, día de San José, Patrón de Valencia.
Sobre el calendario laboral que se recoge en el presente Decreto han sido consultadas las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en la Comunidad Valenciana. (...)
1 de enero |
Año Nuevo |
6 de enero |
Epifanía del Señor |
19 de marzo |
San José |
9 de abril |
Jueves Santo |
10 de abril |
Viernes Santo |
13 de abril |
Lunes de Pascua |
1 de mayo |
Día del Trabajo |
15 de agosto |
Asunción de Nuestra Señora |
9 de octubre |
Día de la Comunidad Valenciana |
12 de octubre |
Día de la Hispanidad |
8 de diciembre |
Inmaculada Concepción |
25 de diciembre |
Natividad del Señor. |
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