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Apertura de talleres 4 de mayo

Área: Jurídica/Prevención de Riesgos Laborales                                             

Fecha: Mayo 2020

            

La O.M. 388/20, conforme a nuestra interpretación, permite a partir de hoy la apertura de los talleres para dar cualquier tipo de servicio

 

Se confirma así la información adelantada por Aeme el miércoles de la semana pasada a través de circular.

 

 Aconsejamos seguir pendiente puntualmente de nuestras informaciones dada la posibilidad de modificación normativa de lo aprobado a día de hoy, en función de los parámetros objetivos de seguimiento de la pandemia.

Los asociados ya han recibido esta circular completa en sus correos habituales.

 

 Les sugerimos que, antes de adoptar medidas para finalizar los efectos de los ERTE's, o desafectar a los trabajadores afectados (excluirlos de sus efectos), analicen si las circunstancias que dieron lugar a su necesidad han cambiado a fin de valorar la viabilidad económica de sus empresas. Aconsejamos no tomar decisiones precipitadas e ir adaptando a la demanda real el personal disponible

 

 

Esta circular les informa de:

 

La FASE 0 del  "Plan para la transición hacia una nueva normalidad"  se pone en marcha tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Orden 388/2020. En base a ello y según lo adelantado a nuestros asociados, a partir de hoy se permite la apertura al público del:

 

COMERCIO MINORISTA Y ACTIVIDADES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, entre las cuales se encuentran los talleres de reparación y mantenimiento de vehículos con las siguientes restricciones:

 

-Garantía de la protección individual de las personas, empleados del taller y clientes (los asociados ya han recibido todo el contenido detallado en circular).

 

-Cita previa obligada para atender a los clientes.

 

-Determinación de horario preferente para la atención a clientes mayores de 65 años.

 

-Los desplazamientos a los talleres se podrán efectuarse únicamente dentro del municipio de residencia, salvo que el servicio o producto no se encuentre disponible en el mismo.

 

 

  En relación con la referencia en el texto legal a la superficie de 400 metros cuadrados como delimitadora de la posibilidad de abrir o no, ASETRA interpreta que la norma, dentro de la filosofía de reactivación de las actividades comerciales y profesionales  y con propósito generalistano afectaría a los talleres, aunque vamos a hacer una consulta expresa a la autoridad competente para que nos aporte su criterio de confirmación sobre este extremo.

 

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